BUENOS AIRES (AFP) - Un tribunal argentino ha culpado a una niña de dos años del accidente sufrido al meter un pie a través de la puerta de un ascensor en movimiento, a pesar de que el elevador tenía un mecanismo de apertura que estaba prohibido por ley.
Una Cámara de Apelaciones en lo Civil rechazó la sentencia de un juez de primera instancia, que había condenado a la comunidad del edificio donde ocurrió el episodio (en mayo de 2002) a pagar una indemnización a la familia de la pequeña, cuyo pie fue sometido a varias operaciones quirúrgicas y aún tiene marcas del accidente.
La menor colocó el pie a través de la puerta tipo tijera del ascensor. La extremidad fue arrastrada unos diez centímetros, hasta que su madre pudo detener el elevador. Los jueces de apelación dijeron en su fallo que la niña tenía la culpa de haber introducido el pie en la puerta y redujeron a la mitad el monto de la indemnización que debían pagar los vecinos del edificio de Buenos Aires donde aún hoy vive la menor con su familia.
La sentencia no tuvo en cuenta que las puertas externas de los elevadores de estilo tijera fueron prohibidas por una ley aprobada a inicios del año 2000. "Ambos factores (la puerta tijera y el accionar de la niña) poseen una idéntica incidencia en la producción del lamentable accidente", señaló el fallo judicial, que divide los costos de la indemnización en partes iguales entre la familia de la menor, ahora de siete años, y la comunidad.
"El fallo me da risa, es muy gracioso. No puedo entender que hagan responsable a mi hija", afirmó Alejandra Princivalle, madre de la niña y que pretendía utilizar el monto total de la indemnización para una cirugía reparadora en el pie de la menor.
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